100% Exento de IVA

Convertir Factura Exenta Electrónica XML a PDF (34)

Convierte tu archivo XML de Factura Exenta Electrónica (tipo 34) del SII a PDF profesional. Exportaciones, servicios profesionales y ventas exentas de IVA.

Sin IVAValidez LegalPDF Profesional
34

Convertir Factura exenta electrónica

Compatible con estructura oficial SII • Sin IVA • Exento de impuestos

Arrastra y suelta tus archivos XML aquí

o selecciona desde tu dispositivo

Todo sobre la Factura Exenta Electrónica (DTE 34)

¿Cuándo usar Factura Exenta?

  • Exportaciones: Ventas a países extranjeros
  • Servicios profesionales: Médicos, abogados, ingenieros
  • Arriendos: Propiedades inmuebles
  • Venta de bienes usados: entre particulares
  • Seguros: Primas de seguros

Características clave

  • No se cobra IVA: Tasa 0% de impuesto
  • Validez legal: Aceptada por SII
  • Requisitos: Indicar causa de exención
  • Referencia: Debe mencionar la norma legal
  • Libro de compras: Se registra sin IVA

Importante recordar

La Factura Exenta Electrónica debe indicar claramente la causal de exención en el cuerpo del documento. El XML contiene toda esta información y al convertirlo a PDF mantendrás los detalles legales completos para respaldo tributario y contable.

Cómo funciona

1

Sube el XML

Selecciona tu archivo XML de Factura exenta electrónica (tipo 34).

2

Procesamos los datos

Leemos y formateamos los datos tributarios del DTE.

3

Descarga el PDF

Obtén un PDF ordenado, legible y listo para imprimir.

Preguntas frecuentes

¿El PDF tiene validez tributaria?

El PDF es una representación legible del XML original. La validez tributaria reside en el archivo XML firmado digitalmente por el SII.

¿Guardan mis archivos?

No almacenamos archivos. Se procesan temporalmente para generar el PDF.

¿Qué información contiene una Factura Exenta?

Incluye datos del emisor y receptor, detalle de productos/servicios, montos exentos, causal de exención, y referencia legal que fundamenta la exención de IVA.

¿Cómo sé si mi venta está exenta de IVA?

Consulta las causales en el artículo 8° del DL 825. Las más comunes son exportaciones, servicios profesionales prestados por personas naturales, arriendos, y venta de bienes usados entre particulares.